Debe aclararse si es servicio monofásico o trifásico, en base a esto se cobrará el cargo
correspondiente.
El solicitante no debe tener deuda:
Como titular de servicio, de convenio y/o "Débito por energía no registrada".
En caso de requerirse garantías, los garantes no deben tener deuda.
En todos los casos el trámite podrá ser efectuado por el apoderado con poder otorgado por escribano o
Juzgado.
El solicitante debe presentar DNI, LE, LC y/o pasaporte, no se acepta Cédula Federal.
En caso de servicios nuevos: En las ciudades/localidades donde las Municipalidades/ Comunas donde se
exija habilitación municipal/comunal, el Cliente deberá presentarla.
Por favor recordá que toda documentación requerida deberá ser presentada en original y fotocopia.
Requisitos
Titular con documentos
Título de propiedad
Si uno de los titulares de la escritura tuviera deuda, el servicio se otorgará igual a nombre del
otro titular, quien será el firmante titular.
Escritura.
Certificado de escritura en trámite.
Boleto de compra-venta con una antigüedad no mayor a seis (6) meses, sellado en el Nuevo Banco de
Santa Fe S.A.. Pasados los seis meses deberá adjuntar declaración jurada de ocupante real.
La solicitud de servicio deberá ser firmada por los titulares de la escritura:
Titular imposibilitado
Si uno de los titulares estuviera imposibilitado, deberá presentarse certificado médico.
Inmueble hipotecado o bien de familia
Un inmueble hipotecado o que sea bien de familia no imposibilitará el pedido del servicio.(para
estos casos solicitará un garante).
Uno o más propietarios
Si en la escritura figura uno o más propietarios o uno o más usufructuarios, no será necesario que
se presenten todos. El pedido podrá ser hecho por los dueños o los usufructuarios.
Matrimonio Divorciado
Si los propietarios son un matrimonio que está divorciado, se deberá presentar acta de divorcio
donde figure a cuál de los cónyuges se le adjudicó el inmueble, para el cual se pide el servicio.
S.R.L.
Si la propietaria fuera una S.R.L., deberán presentar fotocopia del Contrato Social y los firmantes
de la solicitud serán los que determine el contrato social.
S.A.
Si la propietaria fuera una S.A., deberán presentar fotocopia del Estatuto y del Acta donde se
designen autoridades.
Sociedad Irregular (Vencida)
Se le da el mismo tratamiento que a la Sociedad de hecho.
Acta de remate y/o posesión
El servicio podrá otorgarse únicamente con copia del acta de posesión, certificada por el juzgado.
Sucesión
Copia de la declaratoria de herederos certificada por el juzgado. Para el caso en que haya más de un
heredero, el servicio se otorga a nombre de quien lo pide. De existir deuda a nombre del titular
fallecido, los herederos serán responsables de esta deuda.
Sin sucesión
Certificado extendido por el juzgado de que se encuentra en trámite, en caso de no haber sido
iniciada, libreta de matrimonio, acreditando el vínculo y certificado de vecindad. De existir deuda
a nombre del titular fallecido, los herederos serán responsables de esta deuda.
Condominio
Si hay varios condóminos, el servicio se otorga a quién lo solicitare, exhibiendo escritura
traslativa de dominio.
Tutela o Curatela
El servicio irá a nombre del tutor o curador adjuntando copia de sentencia de la tutoría o curatela.
Sociedad Conyugal
Si el titular registral es uno solo de los cónyugues, el servicio deberá salir a nombre de éste y
ser firmado por el mismo.
Inmueble destinado a uso comercial: se pedirá fotocopia de CUIT, si estuviera inscripto.